Impuesto por Emisiones a la Atmosfera Durango

En el 2023 se presentó una serie impuestos ecológicos en materia de preservación y restauración ecológica en la extracción de materiales; emisión de gases a la atmósfera; emisión de contaminantes al suelo, subsuelo y agua e impuesto al depósito y almacenamiento de residuos. Con el objetivo de incentivar a las empresas a reducir y mitigar la contaminación de sus actividades, para poder remediar los daños causados por estas. Para la contaminación atmosférica se aplicará el impuesto a las actividades productivas residentes del estado que emitan gases de efecto invernadero que causan degradación ambiental y contribuyen al calentamiento global. Son sujetos de este impuesto y tienen la obligación de pagarlo cualquier persona física, moral, y unidades económicas donde el desarrollo de sus actividades dentro del estado genere emisiones a la atmosfera mediante fuentes fijas.

Consideran emisiones a la atmosfera la expulsión directa o indirecta de bióxido de carbono, metano, y oxido nitroso. Con fuentes fijas se refiere a cualquier instalación que esta de forma permanente en un lugar determinado, que se use para procesos industriales, comercios, servicios, o cualquier otra actividad que emita gases contaminantes a la atmosfera. Tomando en cuenta esto, este impuesto no aplica a fuentes móviles como los automóviles, ni aplica a otros gases los cuales no hayan sido mencionados.

El pago constara de 179 pesos por tonelada emitida de CO2 equivalente, cada gas de los anteriormente mencionados tiene una equivalencia de sus toneladas en toneladas de CO2 equivalente. Debe hacerse la conversión estipulada en la ley donde 1 tonelada de bióxido de carbono equivale a 1 tonelada de CO2 equivalente, 1 tonelada de metano equivale a 32 de CO2 equivalente, y 1 tonelada de óxido nitroso equivale a 296 toneladas de CO2 equivalente. Para determinar la base gravable de las cantidades emitidas el contribuyente deberá medir o estimar directamente las emisiones en referencia a lo estipulado en el Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC). El pago podrá realizarse en pagos provisionales mensuales a más tardar el 17 de cada mes, y se hará una declaración anual en marzo. Además, es obligación presentar la inscripción ante la Secretaría de Finanzas, y llevar un Libro de Registro de Emisiones Contaminantes que estará a disposición de la Secretaria de Recursos Naturales y Medio Ambiente.

Para más información y actualizaciones se recomienda revisar los detalles proporcionados por la autoridad correspondiente, así como consultar directamente la ley. El propósito de este tipo de impuestos está en desincentivar las actividades que generen daños al medio ambiente, y busca incentivar a que las empresas opten por procesos menos degradantes para el ambiente en sus actividades, conservando la salud de la naturaleza y de la población. Además, los fondos recaudados se destinan a la reparación de daños ambientales y al desarrollo de iniciativas de conservación. La calidad del aire en el Estado puede ser muy dañinas para las personas y los ecosistemas por sus altos niveles de contaminación atmosférica, por eso como ciudadanos debemos exigir y comprobar que la aplicación y uso de estos impuestos sea realizado de forma correcta y transparente.

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Fuente:
https://congresodurango.gob.mx/Archivos/LXIX/DECRETOS/DEC313.pdf

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